Quienes dejan su auto en un estacionamiento público, lo hacen particularmente con la intención de evitar robos, sin embargo, al ser víctimas de este delito, el primer gran obstáculo que enfrentan es la negativa de los empleados y del establecimiento en general para asumir la responsabilidad.
Y, por supuesto, para reparar el daño, lo que además de ser una suerte de revictimización, provoca enfado y frustración en los usuarios afectados.
Pero el panorama es muy diferente, al amparo de la norma.
Los letreros que suelen colocarse en los establecimientos y las advertencias que suelen imprimirse en los boletos que se entregan a los usuarios en los que se informa que no se hacen responsables de robos y daños, así como de las pertenencias que se dejan en los vehículos, están lejos de deslindar al estacionamiento y su personal de la responsabilidad.
En principio, porque una de las principales obligaciones de todo establecimiento, para estar en condiciones de operar, es contar con un seguro de cobertura amplia, que ampara a los usuarios de sus servicios y por supuesto a sus vehículos.
En Puebla la ley protege al usuario de estacionamientos por robo total, parcial o por daños a su vehículo.
El Artículo 1679 Ter. del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (COREMUN), en el apartado VIII, los estacionamientos están obligados a contar con una póliza de seguro vigente, que cubra el robo de vehículo y responsabilidad civil que apruebe el ayuntamiento.
También advierte que el establecimiento es responsable de los objetos que se dejen en el interior del vehículo, solo se requiere que el usuario haya dejado constancia de ello.
Asimismo, el COREMUN establece la obligación del estacionamiento de informar al usuario sobre la póliza de seguro en el boleto, para que tenga conocimiento ante un posible robo de vehículo.
Adicionalmente, el reglamento decreta que los estacionamientos deben colocar en un lugar visible los números telefónicos de la autoridad municipal para recibir quejas, además de un letrero que enumere las obligaciones del establecimiento.
Y que los vehículos deben ser únicamente manejados por el personal del estacionamiento, sin ser utilizados para fines ajenos a los servicios que prestan.
El punto importante es que el propietario de la unidad conserve el boleto del estacionamiento y notifique de inmediato a la autoridad, además de solicitar al establecimiento que haga uso del seguro.
Por otra parte, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) válida en la mayoría de los casos, el contenido que debe tener el Contrato de Prestación de Servicios de Estacionamiento por Autoservicio, en el que se enfatiza en la tercera cláusula que el proveedor debe contar con un seguro.
De ahí que sea viable recurrir además de la autoridad municipal a la Profeco, a fin de que el personal del establecimiento o bien la empresa que lo administra asuma su responsabilidad.
Una forma de presentar la denuncia es mediante el Teléfono del Consumidor al (55) 5568 8722 o al 800 468 8722 o bien mediante el sitio web de la Profeco.
Otra opción es acudir a la delegación Profeco que en el caso de Puebla capital se ubica en la calle 19 Sur número 506, Colonia La Paz.
En consecuencia, los usuarios pueden estar frente a un quizá prolongado proceso para recuperar sus autos, autopartes o pertenencias, solo es cuestión de que ejerzan sus derechos y hagan que el personal en particular y el estacionamiento en general, asuman a cabalidad sus obligaciones.
Pero no es una actitud privativa de los estacionamientos poblanos, pues en el caso de la Ciudad de México, los afectados por el robo total o parcial de sus vehículos, así como de sus pertenencias dejadas en el interior, son orientados por la Comisión Nacional de Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).
La información al respecto se encuentra en la página https://www.condusef.gob.mx/?p=contenido&idc=575&idcat=1.