Los días 25 y 26 de enero de 2025 habrá en el municipio de Puebla con motivo de la elección en las 17 juntas auxiliares de la capital estatal, que se llevará a cabo el domingo 26 de enero.

El acuerdo que prohíbe la venta, enajenación y consumo de bebidas alcohólicas en el municipio de Puebla fue publicado el 22 de enero en el Periódico Oficial del Estado.

La estará vigente desde las 00:00 horas del sábado 25 de enero hasta las 23:59 horas del domingo 26 de enero.

Alcances de la Ley Seca

El consumo de bebidas alcohólicas estará prohibido en:

  • Misceláneas o ultramarinos con venta de cerveza y bebidas refrescantes. 
  • Venta de bebidas con una graduación de 6° alcohol/volumen en envase cerrado. 
  • Depósitos de cerveza, bodegas de abarrotes y bebidas alcohólicas en botella cerrada. 

En general, la disposición abarca los siguientes establecimientos:

  • Pulquerías. 
  • Vinaterías. 
  • Boliches con venta de cerveza y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de 6° GL en envase abierto. 
  • Centros botaneros. 
  • Restaurantes bar. 
  • Salones sociales y/o jardines con venta de bebidas alcohólicas. 
  • Hoteles, moteles, auto hoteles y hostales con servicio de restaurante bar. 
  • Clubes de servicio, sociales y/o deportivos. 
  • Destiladoras, envasadoras y bodegas de bebidas alcohólicas. 
  • Tiendas de autoservicio con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada. 
  • Bares. 
  • Discotecas. 
  • Cabarets. 
  • Cervecerías. 
  • Estadios deportivos con venta y consumo de bebidas alcohólicas. 

Sanciones por violar la Ley Seca

El Código Reglamentario del Municipio de Puebla (Coremun) contempla sanciones por infracciones al capítulo 14, referente a la actividad comercial relacionada con la venta de bebidas alcohólicas.

El reglamento establece multas que van de 100 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).

En 2025, la UMA está fijada en 113.14 pesos diarios, por lo que las sanciones ascienden a montos que van de 11 mil 314 pesos a 113 mil 140 pesos.

Además, se contempla:

  • Arresto administrativo de hasta 36 horas. 
  • Clausura temporal de 1 a 30 días, dependiendo de la gravedad del caso.

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