El presidente municipal de Puebla, Eduardo Rivera Pérez, argumentó que la ley en el estado le da facultades para dar concesiones por diez años, como se pretende hacer en los paraderos del transporte público.

Agregó que tampoco requiere el aval del Congreso del estado.

Sobre ese tema, ayer lunes 28 de marzo, el gobernador Miguel Barbosa Huerta sugirió que la entrega de concesiones no exceda el periodo del gobierno municipal o en todo caso, año y medio más de la próxima gestión para que se pueda hacer una revisión.

Mientras que el presidente del Poder Legislativo, Sergio Salomón Cespedes Peregrina, dijo que el Congreso tendría que revisar los términos de esa concesión en paraderos.

Al respecto, el panista explicó que el artículo 57 fracción séptima de la Constitución del estado, otorga facultades al Congreso para aprobar la enajenación de bienes y los contratos con una duración mayor al periodo del Ayuntamiento.

Mientras que el artículo 78, fracción 19 de la Ley Orgánica Municipal establece que los convenios y actos que comprometan al gobierno municipal por un plazo mayor a un trienio, deberán obtener la aprobación.

Sin embargo, dijo que tales leyes no establecen la facultad del Poder Legislativo de aprobar actos, convenios o concesiones administrativas, únicamente contratos con una duración mayor al periodo del Ayuntamiento.

“Es decir, la ley no especifica actos, ni mucho menos concesiones, solo contratos”, insistió.

 

Añadió que la concesión no es un simple contrato, ya que en el marco normativo del municipio de Puebla, en el artículo 82 del reglamento del Código Fiscal y Presupuestario, se establece que la concesión constituye un acto administrativo de carácter discrecional.

Además, Rivera Pérez expuso que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) establece que la concesión no puede entenderse como un simple contrato, sino que se trata de un acto administrativo mixto del cual coexisten reglamentos contractuales.

En ese sentido, reiteró que la concesión que se pretende dar por diez años para los paraderos en la vía pública, no es un simple contrato, sino un acto mixto.

“Por lo tanto, los Ayuntamientos tienen la facultad de celebrar la concesión”, sentenció.

 

Dijo que su gobierno se basa en el fundamento legal.

“La ley mandata al municipio para poder llevar a cabo esta concesión que se ha mencionado”, afirmó Rivera Pérez.

 

No obstante, el presidente municipal ofreció un acercamiento con los diputados del Congreso para analizar el tema.

“Si es necesario podemos platicar y poder ratificar esta postura que nosotros hemos estudiado y fundamentar la decisión que estamos tomando”, afirmó Eduardo Rivera.

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