La ley es más dura. Las normas para los bares de Puebla son más estrictas.

Si quieren operar, estos establecimientos deber seguir a cabalidad todos los lineamientos.

Estos están asentados en la ley para la venta y suministro de bebidas alcohólicas del estado de Puebla.

El escrito está dirigido tanto para los que otorgan los permisos de operación, en este caso los Ayuntamientos, como para los propietarios de los bares.

En el artículo 9, la ley le otorga a los Ayuntamientos las siguientes atribuciones y competencias:

⁃ Autorizar, negar, vigilar y revocar las licencias o permisos provisionales para la venta y el suministro de bebidas alcohólicas de conformidad con la presente Ley, su reglamento y los ordenamientos municipales aplicables;

II. Aprobar y expedir normas municipales reglamentarias a la presente Ley y su Reglamento;

III. Aprobar e implementar programas de prevención de accidentes por el consumo excesivo de bebidas alcohólicas, acorde a sus características económicas y sociales, así como a las necesidades de cada municipio; y

IV. Aprobar el refrendo de licencias a los establecimientos, en términos de la presente Ley y las disposiciones reglamentarias que se emitan.

⁃ En ese sentido, se vislumbra que cada establecimiento en el que se pretenda distribuir o comerciar bebidas alcohólicas deberá contemplar lo establecido en el artículo 4 de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado, mismo que a la letra dice:

En el artículo 4, la ley le solicita a los propietarios los siguientes términos:

⁃ Para la venta y suministro de bebidas alcohólicas se debe contar con la licencia o el permiso provisional expedido por la autoridad competente, previo cumplimiento de los requisitos que fija esta Ley.

⁃ Está prohibida la venta y el suministro de bebidas alcohólicas sin contar con la licencia o el permiso provisional respectivo. Las licencias deben obtenerse y cubrirse previamente a la iniciación de las actividades que la motiven.

⁃ Con lo anterior, se asume como requisito previo y de permanencia que previo a la apertura de un negocio en donde se vendan bebidas alcohólicas, los interesados deben contar con una licencia o permiso vigente, la cual deberá solicitarse ante la autoridad competente de cada municipio. Para el caso de renovación de dicha licencia, ésta tendrá una vigencia anual y deberá ser refrendada por el Ayuntamiento competente.

La ley sólo otorga las licencias a:

⁃ Los establecimientos específicos para la venta y consumo de bebidas alcohólicas.

⁃ Los establecimientos donde puede realizarse la venta, mas no el consumo de bebidas alcohólicas.

⁃ Los establecimientos no específicos, en los cuales puede realizarse en forma accesoria la venta y consumo de bebidas alcohólicas.

⁃ Los establecimientos donde se puede autorizar en forma eventual y transitoria, la venta y consumo de bebidas alcohólicas.

Los bares de Puebla se han vuelto centro de atención, en los últimos meses.

Lo anterior porque se han registrado al menos cuatro balaceras al interior, en lo que va del año.

De acuerdo al registro de, el saldo fue de seis muertos y cinco lesionados.

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