La aprobación del cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP) en las leyes de ingresos municipales de Puebla ha sido un tema polémico entre los políticos y poco se sabe de los contratos para formalizar la recaudación con la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

El año pasado, el Congreso de Puebla aprobó que 144 de los 217 gobiernos municipales cobraran ese derecho durante 2022 y solicitudes de información pública realizadas por El Universal Puebla a esos gobiernos, arrojaron datos sobre lo que contienen dichos documentos.

De acuerdo con las administraciones, solo 40 de los 144 municipios formalizaron un contrato con la CFE en el transcurso del año y en algunos de los casos facilitaron copias del acuerdo, lo que permite identificar que tienen datos y estructuras similares.

¿Cómo son los contratos del DAP con la CFE?
¿Cómo son los contratos del DAP con la CFE?

Un ejemplo que se puede retomar es el de Atlixco, cuyo gobierno encabezado por Ariadna Ayala Camarillo, del Partido del Trabajo (PT), firmó un convenio de colaboración con la empresa del estado el 10 de marzo del 2022.

Se trata de un documento de 19 páginas en las que se reconoce quiénes firman, quiénes son los representantes legales, que ambas partes reconocen la necesidad de cobrar el DAP y cuáles son los lineamientos para cobrar.

“Reconocen que la prestación del servicio de alumbrado incide de manera importante en la seguridad pública de la sociedad y que la convivencia y armonía social se ve afectada ante la ausencia o deficiencia del mismo”, se señala sobre el reconocimiento de la utilidad del alumbrado público.

Otro acuerdo al que llegó Ayala Camarillo como representante de Atlixco con el prestador de servicios, fue que las cantidades recaudadas fueran destinadas a cubrir el pago del consumo de energía eléctrica utilizada para  actividades del municipio.

En este punto, se reconocen tanto el pago del alumbrado público como de otros servicios que la CFE presta al ayuntamiento, con la especificación de que el monto recaudado será para pagar primero lo de las luminarias y después para cubrir otros gastos.

De manera general, se señala que se autoriza a la empresa para que cobre a nombre del ayuntamiento y para que lo recaudado por concepto de DAP sirva para cubrir las deudas que la comuna adquiera al paso de los meses.

Otro punto interesante es que se acuerda que habrá penalizaciones por pago tardío por parte del municipio a la CFE, que van de 3.5  a 5.8 por ciento si no se cubre el adeudo por más de nueve días.

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