¡Aguas, peleoneros! Si son de los que se “calientan” cuando se ven involucrados en un accidente vehicular, podrían terminar en la cárcel.
Los golpes que se lleven de su contrincante son lo de menos cuando podrían pasar muchos días en el tambo.
En un accidente vehicular sin lesionados, las partes involucradas pueden llegar a un acuerdo económico.
Lo anterior mediante las empresas aseguradoras o directamente entre los afectados.
En caso de no lograrlo, las autoridades viales tienen el derecho de remolcar las unidades al corralón correspondiente hasta que las partes se arreglen.
Sin embargo, la cosa cambia cuando los involucrados se ponen “salsas”, es decir, se agarran a golpes.
En el mejor escenario, cada quien se va con sus golpes al terminar con la pelea que se puede convertir en un espectáculo para las personas que pasen por el lugar o para las redes sociales, si se difunde el video.
En el escenario medio malo, las autoridades de seguridad trasladan a los bravucones ante un Juez Calificador para que imponga el castigo correspondiente, el cual, en su mayoría, es económico.
Sin embargo, la cosa se pone fea si alguna de las partes denuncia a la otra penalmente.
Si esto ocurre, el delito que le impondría el Ministerio Público al acusado sería el de lesiones.
De acuerdo con el artículo 289 del Código Penal Federal, se le impondrán de tres a ocho meses de prisión, o de treinta a cincuenta días de multa, o ambas sanciones a juicio del juez al que infiera una lesión a otra.
Según el artículo 288, el mismo estatuto llama lesión no sólo a lo que comprenden las heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, sino a toda alteración en la salud y cualquier otro daño que deja huella material en el cuerpo humano.
Si esto no los hace pensar más de una vez si sueltan o no el primer golpe, aténganse a las consecuencias.